Bien, es clara la dificultad de definición y la complejidad inherente de los flujos que vinculan a las ciudades, dado el carácter dinámico de todo tipo de intercambio entre los núcleos.
Pero miremos la determinación original de metrópolis según la Oficina del Censo de Estados Unidos: "Las Áreas Estadísticas Metropolitanas son espacios que tienen un alto grado de integración económica y social y que están centradas alrededor de una ciudad principal o nuclear." De esta forma, es imposible negar la existencia de un área de influencia extensa de la ciudad de Madrid así como de la íntima solidaridad que liga a las localidades pertenecientes a un mismo sistema (sea transnacional, nacional, regional o metropolitano).
Una metrópolis, sin embargo, debe tener una identidad jurídica reconocida. Y éste es el defecto que arrastra la planificación de Madrid desde los años noventa (la Revisión no hace más que heredar y actualizar el anterior PG-97), al contrario que la otra gran área metropolitana del Estado: Barcelona, ésta sí con reconocimiento administrativo.
Pero, por el camino, Madrid ha sufrido no sólo una descentralización residencial, como en muchas ciudades europeas, en las que la población de la periferia se ha disparado en detrimento de las ciudades capitalinas. Las medidas gentrificadoras (sumadas a las peatonalizadoras, que penalizaban el uso e incluso la posesión del vehículo privado en toda la ciudad, y que dificultaban la circulación) dispersaron actividades económicas que fueron acogidas con los brazos abiertos por los municipios inmediatos. De este modo, Madrid sufre una desvalorización grande, en el sentido de que los nuevos habitantes y empresas se cuestionan el propio valor de ubicarse en Madrid.
Si existe reparo a este concepto de metrópolis aplicado en nuestro entorno, Madrid se ha vaciado de esta forma de él y, de hecho es, a día de hoy más bien una aglomeración urbana (múltiples coronas periféricas sin acuerdos o reconocimientos jurídicos), pero no por ello con menos relaciones interdependientes o metropolitanas.
No se trata de un problema de descentralización; deberíamos dejar de pensar el fenómeno urbano en base a la tradicional concepción de "centralidades y relaciones de sometimiento" y, en su lugar, tener en cuenta la nueva perspectiva de "redes y flujos". Es por esto que, en el mundo anglosajón, con una técnica más avanzada que la nuestra, se preocupan tanto por la movilidad de la ciudad (vídeo London in motion: seguimiento de los más de 3 millones de viajes diarios en el metro).
La integración urbanismo-transporte, de hecho, es algo muy tangible. Por supuesto, la congestión y los atascos de tráfico se suceden cuando las personas que viven en el periurbano (la engordada periferia urbana) se desplazan todos los días. La división de competencias urbanísticas y de transporte entre diferentes organismos contribuye a que estos efectos negativos del crecimiento urbano se descontrolen. Así, uno de los grandes retos de las aglomeraciones urbanas consistiría en mantener una buena red de transportes en este contexto de expansión urbana.
Sólo la creación de consorcios metropolitanos de transporte se ha revelado como una acción útil para aliviar estos problemas. Concretamente, en Madrid tenemos un claro ejemplo en la labor desempeñada por su Consorcio de Transportes, consituido en 1986, que coordina los esfuerzos del Estado, la Comunidad de Madrid, los municipios y las empresas privadas dentro de la región (si bien, sólo en materia de transporte público).
A continuación vemos la representación gráfica de los flujos de movilidad en la región. En ella, observamos que todas las relaciones de desplazamientos hasta la corona metropolitana (es decir: centro-periferia, centro-corona, periferia-corona y sus opuestos) cuentan con la mitad o más de los mismos realizados en transporte público. Los desplazamientos fuera de ese entorno metropolitano se realizan, con mucho, mediante el transporte privado:
Flujos de movilidad 2011 - Fuente: Consorcio Transportes Madrid (clic para ampliar) |
Y ésto es lo importante del asunto.
Es por esta acumulación de cruciales relaciones interdependientes por la que los países desarrollados se dotan de una legislación adecuada que obliga a planificar el crecimiento físico. Sin embargo, en el caso que nos ocupa, a la debilidad planificatoria de la Revisión se le suma la inherente fragmentación de potestades apuntada anteriormente; en el sentido de que, cada una de las diversas características que afectan a la ciudad están dispersas por distintas oficina técnicas de diferente responsabilidad.
Más grave aún al considerar que la Comunidad de Madrid siempre ha requerido pero nunca ha efectuado un Planeamiento Regional.
En definitiva, si no existe una voluntad administrativa pero sí una necesidad urbanística de organizar el desarrollo de la estructura metropolitana, tal vez el PG debería integrar más competencias con el fin de articular esa realidad. No podemos seguir desarrollando nuestras ciudades como veníamos haciendo hasta ahora.
Al fin y al cabo, no se trata de la redacción de unas Normas Subsidiarias menores, sino del Plan General de Ordenación Urbana de la capital de un Estado. Como mínimo, es exigible que debiera utilizarse como el nexo de inicio para una posterior concertación territorial, aprovechando al menos sus mesas de negociación.
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